Puntos Clave
• El visado nacional (Tipo D) permite a no europeos residir en España por asilo o protección humanitaria más de 90 días.
• La mayoría de solicitudes de asilo se hacen dentro de España; el trámite es distinto al visado regular de trabajo, estudios o reagrupación.
• No hay tasa consular para asilo o protección humanitaria; la resolución puede demorar varios meses según el caso.
El propósito de esta guía es explicar en detalle cómo solicitar el Visa Nacional de España (Tipo D) en los casos de asilo y protección humanitaria. Esta guía está pensada para personas que no son ciudadanas de la Unión Europea y que quieren vivir en España 🇪🇸 por razones humanitarias o de protección internacional. Aquí encontrarás información clara sobre los requisitos, los documentos necesarios, el tiempo de espera, los costos, la duración del permiso, y una explicación paso a paso de todo el proceso. Al final, dispondrás de un resumen sencillo para comprobar que tienes todo lo necesario y sepas qué esperar después de completar los trámites.

Lista de verificación inicial
Antes de comenzar, revisa la siguiente lista básica de cosas que necesitarás para solicitar el Visa Nacional de España (Tipo D) en casos de asilo o protección humanitaria:
- Formulario de solicitud completo
- Pasaporte válido (mínimo seis meses de vigencia adicional)
- Dos fotos recientes tipo pasaporte
- Documento que explique tu situación y las razones por las que pides protección
- Pruebas de alojamiento en España 🇪🇸
- Certificados médicos y, en algunos casos, antecedentes penales
- En algunos casos, documentos que prueben tus medios económicos
Cada punto será detallado más adelante. Es importante que tengas claro que, aunque el Visa Nacional de España (Tipo D) se usa para muchas situaciones (como estudios, trabajo, reagrupación familiar), los procesos para asilo y para protección humanitaria tienen reglas especiales y diferentes.
1. ¿Quién puede solicitar el Visa Nacional de España (Tipo D) por asilo o protección humanitaria?
Este visado está pensado para personas que no son de la Unión Europea ni del Espacio Económico Europeo y que necesitan vivir en España 🇪🇸 más de 90 días porque:
- Están en peligro en su país de origen: por ejemplo, por guerra, persecución, violencia, amenazas graves a su vida o libertad.
- No pueden volver a su país por riesgo para su seguridad por motivos de raza, religión, nacionalidad, grupo social, opiniones políticas, identidad de género, orientación sexual, etc.
- Necesitan ayuda humanitaria especial, por ejemplo, por enfermedad grave o trato inhumano, y no pueden recibir protección de las autoridades de su país.
Importante:
– Muchas veces, los trámites de asilo y protección humanitaria empiezan después de que la persona ya está dentro de España 🇪🇸. No siempre se puede pedir desde el extranjero.
– Si ya entraste en España 🇪🇸, puedes solicitar asilo aunque hayas llegado con visa de turista o de manera irregular.
VisaVerge.com ha reportado que las reglas para estos trámites pueden variar mucho según el caso individual, y que es importante consultar fuentes oficiales antes de iniciar el proceso.
2. Documentos obligatorios y pruebas
Los documentos que debes presentar dependen de tu caso, pero generalmente se piden:
Documentos básicos
- Formulario de solicitud: Llénalo con datos correctos. Puedes descargarlo en la página del Ministerio de Asuntos Exteriores de España.
- Pasaporte válido: Con al menos 6 meses más de vigencia desde tu planeada llegada o desde la fecha de solicitud.
- Dos fotografías recientes: Deben ser en color y tamaño pasaporte.
- Escrito de motivos y pruebas: Una carta y documentos que expliquen por qué necesitas protección. Puede ser:
- Denuncias policiales
- Certificados médicos que prueben daños a tu salud por persecución o violencia
- Pruebas de amenazas directas (mensajes, cartas, videos, declaraciones de testigos)
- Documentos legales de protección o juicios pendientes.
- Prueba de alojamiento: Contrato de alquiler, carta de invitación notariada, o reserva de hotel.
- Certificado médico: Un médico autorizado debe certificar que no tienes enfermedades de riesgo para la salud pública.
- Antecedentes penales: De los países donde viviste en los últimos 5 años. No siempre se pide si huyes de peligro inmediato.
Sobre medios económicos
Si tu solicitud es exclusivamente por asilo o protección humanitaria NO suelen pedirte pruebas de ingresos o dinero en el banco. Pero, en otros tipos de Visa Nacional de España (Tipo D), piden demostrar unos 8.000 € por año para vivir en España 🇪🇸.
Nota: La oficina consular puede pedir otros documentos según tu caso. Lleva siempre originales y copias.
3. Paso a paso: cómo solicitar el visado, el asilo y la protección humanitaria
A. Si solicitas desde fuera de España 🇪🇸
- Saca una cita en el consulado español que te corresponde según el país donde vives. Cada persona debe pedir cita, incluyendo menores acompañados.
- Prepara los documentos: junta todos los papeles mencionados, revisa que estén completos y en el idioma que pide el consulado (usualmente español o con traducción oficial).
- Acude a la entrevista: Ve a la cita en el consulado. Entrega tu solicitud y responde con sinceridad todas las preguntas.
- Espera la revisión: Los funcionarios pueden pedirte documentos adicionales o llamarte para más entrevistas. Mantente atento a correos o llamadas del consulado.
B. Si solicitas ya estando en España 🇪🇸
- Preséntate en una oficina de la policía o en la Oficina de Asilo y Refugio (OAR). No hace falta cita previa, pero te atenderán por orden de llegada.
- Llena la solicitud de asilo: Un funcionario te ayudará a explicar tu situación y tomarán tus datos. Presenta tu pasaporte o documento de identificación y expón las razones por las que necesitas asilo o protección humanitaria.
- Te darán un resguardo temporal: Este documento prueba que has iniciado el trámite y te permitirá estar legalmente en España 🇪🇸 mientras resuelven tu caso.
Importante:
– No necesitas pagar tasas si tu solicitud es solo de asilo o protección humanitaria.
– Mientras se revisa tu caso, puedes tener derecho a alojamiento en centros de acogida y ayudas básicas.
4. Tiempos de espera y duración del proceso
El tiempo de espera para el Visa Nacional de España (Tipo D) en situaciones normales (estudios, trabajo) suele ser de 1 a 2 meses. Para asilo o protección humanitaria, los plazos pueden ser más variables:
Etapa | Tiempo estimado |
---|---|
Registro inicial (asilo/humanitario) | Entre 1 – 10 días tras presentación |
Revisión completa del caso | Desde 4 hasta 12 meses, según la carga de trabajo del gobierno |
Mientras esperas, tu solicitud tiene que ser revisada por la Policía Nacional y la Oficina de Asilo y Refugio. Es común que haya demoras en períodos de alta demanda.
5. Costos y comisiones
El Visa Nacional de España (Tipo D) tiene tasas diferentes según el tipo:
Tipo de visado | Costo aproximado |
---|---|
Larga estancia (general) | Entre 114 y 190 euros |
Estudiantes | Entre 81 y 124 euros |
Pero: Las personas que piden asilo o protección humanitaria NO pagan tasa consular. El proceso legal para estas figuras es gratuito.
Si gestionas tu solicitud desde un centro externo (como VFS Global), pueden cobrarte un servicio adicional de unos 18 euros, pero no es obligatorio en todos los países.
6. Duración y renovación del permiso
La validez del Visa Nacional de España (Tipo D) depende del motivo:
- En general, se otorga por 6 a 12 meses y se puede renovar dependiendo de la causa de estancia (estudio, trabajo, etc.).
- Para quienes obtienen asilo, protección subsidiaria o protección humanitaria, el permiso de residencia suele ser inicial de 1 año. Se puede renovar caso por caso dependiendo si persisten los motivos por los que recibiste protección.
7. Diferencias entre asilo, protección humanitaria y visas regulares
- El asilo es la protección que España 🇪🇸 da a personas perseguidas por razones políticas, religiosas, étnicas, orientación sexual, género, etc. Se basa en la “Ley 12/2009 de Asilo y Protección Subsidiaria”.
- La protección humanitaria aplica cuando una persona no cumple todos los requisitos para el asilo, pero hay razones graves (como salud, guerra, catástrofes) para que no regrese a su país.
- Las visas tipo D regulares (estudios, trabajo, reagrupación familiar) no dan derecho automático a protección internacional, y exigen demostrar medios económicos, seguro médico y otros papeles no solicitados en el asilo.
Nota clave: Aunque ambos procesos (asilo/protección humanitaria y visa de larga estancia) usan el nombre “Tipo D”, sus trámites, condiciones y derechos son distintos. La mayoría de las solicitudes de asilo y protección humanitaria comienzan cuando ya estás en suelo español.
8. Consejos y errores comunes al solicitar asilo o protección humanitaria
Consejos:
– Entrega siempre documentos y pruebas claras y verídicas.
– Mantén copias de todo.
– Acude con traductor si no dominas español.
– Busca ayuda de ONGs, abogados u organismos especializados en migración.
Errores a evitar:
– Faltar a una cita o entrevista.
– Entregar documentos falsos o incompletos.
– Llegar tarde a la oficina o consulado.
– No consultar la página oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores para requisitos actualizados.
9. ¿Qué sucede después de terminar el proceso?
Una vez que termines la solicitud:
- Recibirás un comprobante de tu trámite, lo que te permite permanecer en España 🇪🇸 mientras deciden (esto se llama “resguardo”).
- Durante el estudio de tu caso, tendrás derechos básicos según la ley, como no ser devuelto a tu país si hay peligro (“principio de no devolución”).
- Si te aprueban, recibirás un permiso de residencia y, según el caso, podrías recibir ayudas de integración social y acceso al trabajo.
- Si te lo niegan, puedes apelar o pedir una revisión, acudiendo a abogados o servicios legales gratuitos.
10. Recursos útiles
- Página del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para información oficial sobre visas y asilo.
- Organizaciones como ACNUR, Cruz Roja y CEAR ofrecen ayuda y asesoría gratuita.
- Consulta el sitio de VisaVerge.com para análisis sencillos sobre temas migratorios y cambios recientes en la política española.
11. Resumen y próximos pasos
El Visa Nacional de España (Tipo D) en los casos de asilo y protección humanitaria es importante porque protege a quienes no pueden regresar a su país. Aunque el proceso puede parecer difícil, con preparación y asesoría adecuada podrás completarlo con éxito.
Recuerda:
– Es clave comprobar con papeles reales tu necesidad de ayuda.
– El trámite es gratuito para asilo o protección humanitaria.
– La mayoría de los casos se presentan en España 🇪🇸, no desde el extranjero.
– Los plazos pueden ser largos, pero tendrás derechos de estancia mientras se resuelve tu solicitud.
Siempre consulta fuentes y sitios oficiales para cambios en reglas y documentos. Si tu situación es sensible, no dudes en buscar consejo de ONGs y abogados especializados.
Estar bien informado te ayudará a enfrentar el proceso con confianza y seguridad.
Aprende Hoy
Asilo → Protección legal en España para quienes huyen de persecución o peligro en su país de origen.
Protección humanitaria → Estatus para personas que no califican como refugiadas pero enfrentan graves riesgos si regresan a su país.
Visa Nacional (Tipo D) → Visado de larga duración en España, superior a 90 días, válido para asilo, estudio, trabajo u otras razones.
Consulado → Oficina diplomática española en el extranjero donde se tramitan solicitudes de visado y documentos legales.
Resguardo temporal → Documento que acredita la presentación de solicitud de asilo y permite permanecer legalmente en España durante el proceso.
Este Artículo en Resumen
Solicitar el visado nacional español (Tipo D) por asilo o protección humanitaria exige documentos detallados y suele iniciarse en España. El proceso difiere del visado regular y acostumbra ser gratuito. La espera puede durar meses, pero quienes lo logran reciben residencia y derechos de protección en el país.
— Por VisaVerge.com
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